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AutorRespuesta No: 360081
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Julio de 2014 00:29 2014-07-17 00:29 desde IP: 187.199.139.80
TOCA1968:
Lo que usted menciona de una "aplicación de mensajes" lo escribí en diversa consulta, así que cometí el error de mezclar la información de dos ó más consultas.
Por otra parte observo que usted también comete el error de dejar de comprender que el hecho de que el(la) consultante acuda un día después para solicitar nuevo citatorio tiene el efecto de que el agente del Ministerio Público quede obligado a cumplir tal petición, cuenta habida que en el primer citatorio está violando garantías constitucionales por lo que, ante un citatorio ilegal, éste es nulo y debe reponer el procedimiento so pena de que incurra no solamente en falta y sanción administrativa, sino inclusive en delito, claro está que usted carece del entendimiento necesario para llegar a estas mismas conclusiones, motivo por el cual me veo en la necesidad de explicárselas a usted, que no a el(la) consultante, que nada preguntó porque bien que me entendió.
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